Cambios a la Carta Magna adelanta el “Fiscal Anticorrupción”, Javier Herrera Borunda
Edgar Hernandez
LINEA CALIENTE
En un auténtico Fiscal Anticorrupción se ha convertido el Presidente de la Comisión de Vigilancia del Congreso de la Unión, el diputado federal Javier Herrera Borunda, al adelantar cambios a la Constitución para combatir la corrupción en el sector público.
En acuerdo previo con el Presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, se coincidió en que “es la única forma de atajar la escalada corrupta vía contratos, concesiones y acuerdos bajo la mesa”.
Se va a legislar con una norma suprema que ataje preferencias, moches y porcentajes y bajo la vigilancia extrema del titular de la Auditoría Superior de la Federación que encabeza Aureliano Hernández Palacios y la mano de hierro de la Fiscalía General de la República.
La trinca -Monreal, Herrera Borunda y Aureliano- combatirá de fondo problemas como el que escandalosamente registra el INE, los OPLE de los estados, entre ellos Veracruz, y en lo general la obra pública como ha quedado de manifiesto con la corrupción en Dos Bocas y el Tren Maya.
Herrera Borunda ha sostenido que “hay un oligopolio con sobreprecios irreales en materia electorales que deben llegar a su fin” y que en lo general “tenemos que ser capaces de acabar con la corrupción, de disecarla, analizarla e investigarla desde todos sus ángulos: el financiero, el administrativo y el penal”.
Hoy, tan solo en el tema electoral, son mas de 9 mil millones de pesos los que andan bailando, sin embargo, hay pendientes por auditar en materia de medicinas, obra pública, seguridad pública y las irregularidades en el manejo presupuestal en materia educativa.
Para el propio Aureliano Hernández Palacios Cardel, “quienes hagan mal uso de los recursos deben enfrentar las consecuencias”. Coincide al mismo tiempo en los cambios y adiciones a la ley suprema, la Constitución.
Habría asimismo que regresar a la memoria que Ricardo Monreal, el pasado fin de semana en el marco del II Informe de Labores de la Auditoría Superior de la Federación, destacó que el combate a la corrupción debe llegar hasta sus últimas consecuencias acudiendo incluso a la modificación de la norma constitucional.
Se requiere un mandato supremo de cara a las consecuencias judiciales que deben encarar en lo inmediato los responsables de las irregularidades que observan los 374 Informes correspondientes a 42 auditorías a municipios 286 auditorías a entidades federativas y 46 auditorías a entes del orden federal.
Para el diputado Javier Herrera Borunda imponderable imponer cambios a la Constitución de la República.
“El dinero público debe ser vigilado con rigor y la rendición de cuentas debe ser cada vez más efectiva. Requerimos por tanto, construir acuerdos por encima de nuestras diferencias”, dijo el legislador del Verde al llamar a los de Morena a sumarse ya que las leyes no son letra pétrea”.
El cambio constitucional permitirá dar salida jurídica en lo inmediato a los más de 9 mil millones de pesos por aclarar en los 3 órdenes de gobierno.
Y en lo futuro marcarán la ruta de respeto y legalidad al dinero público hoy ensombrecido por “nuevas formas de ocultar recursos, simular transacciones o aprovechar las debilidades institucionales”, según el legislador veracruzano.
“Hoy la sociedad quiere saber dónde están los recursos, quiere que se identifiquen los desvíos y quiere que se determinen las responsabilidades, que las investigaciones avancen y las resoluciones lleguen oportunamente para que las sanciones se apliquen cuando corresponda”.
Una norma suprema manifiesta en la Constitución permitirá que la inteligencia financiera, la fiscalización, el control administrativo y la investigación penal se complementen sin permitir que las diferencias entre instituciones se conviertan en espacios de impunidad.
Y es que el escándalo del INE de la mano de la corrupción de su titular Guadalupe Taddei encendió los focos de alerta en torno al desborde de la corrupción mismo que impone un freno en lo inmediato.
“La corrupción es inaceptable y es momento de terminar con la impunidad”, insiste quien hoy es considerado por la opinión pública como el Fiscal Anticorrupción, Javier Herrera Borunda.
México en estos momentos se ubica en el lugar 141 de 182 países y territorios en esa carrera brutal por ganar el liderazgo en la corrupción.
En Veracruz se está cometiendo un error jurídico que cuesta vidas: confundir delitos, confundir protocolos y confundir el dolor con la política.
Hay que decirlo claro y con ley en mano.
Si una mujer desaparece por otras circunstancias, no se convierte automáticamente en caso de violencia vicaria. Son delitos distintos, con leyes distintas y con ruta de búsqueda distinta.
La búsqueda de mujeres desaparecidas tiene sus propios mecanismos obligatorios: el Protocolo Alba, la Ley General en Materia de Desaparición y la Ley 677 de Veracruz. Para niños existe la Alerta Amber y el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (PANNA). Para hombres adultos existe el Protocolo Homologado y la Alerta Nacional de Búsqueda.
Cada protocolo existe por una razón. Cada confusión retrasa una búsqueda. Y cada hora perdida puede ser una vida que se apaga en Xalapa.
En medio de esa confusión legal están los Colectivos de Búsqueda de Xalapa y Veracruz. Ellos no confunden nada porque no buscan expedientes. Buscan a sus hijos.
VIOLENCIA VICARIA: DEFINICIÓN LEGAL
En México, la violencia vicaria se refiere a utilizar a hijas, hijos o personas cercanas a una mujer para causarle daño, controlarla, amenazarla o ejercer violencia contra ella.
Está definida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y tipificada en el Estado de Veracruz, desde la reforma implementada en el año de 2023 al Código Penal.
Por ejemplo: un hombre amenaza con llevarse o desaparecer a sus hijos para lastimar a su pareja. Retiene a los hijos para castigar o controlar a la madre. Por eso se castiga con 3 a 8 años de prisión y pérdida de la patria potestad.
Pero no toda desaparición de mujer es violencia vicaria.
PROTOCOLO ALBA EN VERACRUZ: ORIGEN, OBJETIVOS Y LEGISLACIÓN
¿Qué es? El Protocolo de Atención, Reacción y Coordinación entre Autoridades Federales, Estatales y Municipales en caso de Desaparición de Mujeres, Adolescentes y Niñas para el Estado de Veracruz. Su propósito es localizar de manera inmediata a la mujer, niña o adolescente desaparecida, para proteger su vida, libertad personal e integridad, eliminando cualquier obstáculo que reste efectividad a la búsqueda.
¿Cuándo surge? Nace en Ciudad Juárez, Chihuahua en el año de 2003 ante la ola de feminicidios. Tras la sentencia Campo Algodonero de la Corte Interamericana en 2009 se ordena su nacionalización. En Veracruz se originó en noviembre de 2018 por la Secretaría de Gobierno y se publicó oficialmente el 19 de septiembre de 2019.
¿Por qué se llama Alba? Porque las familias salían a buscar a sus hijas desde el alba, desde el amanecer, a las 6 de la mañana. De buscar desde el alba hasta el anochecer.
¿Cómo opera en Veracruz? La Fiscalía General del Estado emite, actualiza y desactiva el boletín de difusión con foto, media filiación, señas particulares, y número de la Fiscalía Especializada. Participan, la Secretaría de Seguridad Pública la Fiscalía General del Estado, el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, el DIF Estatal y el Instituto Veracruzano de las Mujeres. La autoridad que recibe el reporte debe avisar en menos de 2 horas a la Fiscalía Especializada.
LEGISLACIÓN VIGENTE EN VERACRUZ: LEY 677 Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Veracruz la búsqueda está regulada por la Ley Número 677 en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, misma que fue publicada el 20 de agosto de 2018 y reformada en agosto de 2025.
Objeto de la Ley: Establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre el Estado y sus municipios para buscar a las Personas Desaparecidas y No Localizadas, esclarecer los hechos, prevenir, investigar y sancionar.
Exposición de Motivos de la Reforma 2025: La gobernadora del Estado de Veracruz, Ingeniera Norma Rocío Nahle García, señaló acertadamente que la ley vigente desde 2018 era ambigua y poco funcional, con contradicciones legales y falta de alineación con tratados internacionales. Se reconoce que familias y colectivos han señalado deficiencias en la respuesta institucional y han demandado procesos más efectivos y humanos.
Aportaciones claves de la reforma:
Plataforma Estatal Única de Identidad: concentra datos biométricos y personales para facilitar búsqueda y localización.
Banco Estatal de Datos Forenses: Genéticos, odontológicos, antropológicos y dactiloscópicos interconectados con el Banco Nacional. La FGE cuenta con 60 días para actualizar registros y un año para sistematizar datos forenses.
Participación de Familiares: Podrán proponer rutas de búsqueda, recibir información y contar con acompañamiento jurídico y pericial. Se les debe dar número de carpeta y folio único de inmediato.
Enfoque Diferenciado: Atención adecuada a mujeres, niñas, niños, migrantes, indígenas y población LGBTIQ+.
Sanciones: Penales, administrativas y civiles para servidores públicos que obstaculicen búsquedas o retarden procesos.
Búsqueda Inmediata: Toda noticia de no localización, incluso anónima, debe derivar en apertura inmediata de carpeta. Para menores de 18 años se iniciará carpeta y búsqueda especializada de manera inmediata y diferenciada.
El Congreso del Estado de Veracruz, aprobó dichas reformas con 41 votos a favor para armonizar la Ley General y reducir plazos procesales, con el objetivo de que el Estado cumpla su obligación de realizar una búsqueda inmediata, exhaustiva y diligente.
¿Y PARA NIÑOS Y HOMBRES?
Niños, niñas y adolescentes: Alerta Amber + Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes. Para niñas aplica también Protocolo Alba.
Hombres Adultos: Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas + Alerta Nacional de Búsqueda 2026, que activa ficha automática con 512 instituciones.
COLECTIVOS DE BÚSQUEDA EN VERACRUZ
Son familias organizadas porque el Estado no buscó. En Veracruz existen más de 30 Colectivos. En Xalapa destacan: “LA ESPERANZA DEL REENCUENTRO”, “Justicia y Dignidad Veracruz”, “Familias Búsqueda Xalapa”, “Solecito Veracruz”, “Hijos y Madres Buscadoras de Veracruz”, “Por la Paz”, “Familiares Enlaces”, y varios más.
Funciones: Buscar en vida y en muerte, exigir investigación, identificar con ADN, acompañar a madres nuevas y preservar memoria.
Apoyos del Gobierno: Comisión Estatal de Búsqueda, Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Veracruz, Fiscalía General del Estado y Ayuntamientos.
Apoyos del Extranjero: Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Unión Europea, Embajadas de Alemania, Francia y Países Bajos, Comité Internacional de la Cruz Roja, Fundaciones Ford, Open Society Foundations, Fundación de George Soros, Front Line Defenders, Organización Irlandesa que protege a defensores de Derechos Humanos en riesgo.
Desde aquí expresamos nuestro más profundo respeto, solidaridad y reconocimiento institucional a todos los Colectivos de Búsqueda de Xalapa y del Estado de Veracruz.
A las madres, padres, hermanas, hermanos y familias que conforman todos los colectivos y en especial a “LA ESPERANZA DEL REENCUENTRO”, “Solecito Veracruz”, “Familiares Enlaces Xalapa”, “Colectivo Por La Paz Xalapa”, “Colectivo Buscando a Nuestros Desaparecidos y Desaparecidas Veracruz”, “Madres Buscadoras de Córdoba”, “Colectivo de Orizaba”, “Colectivo de Coatzacoalcos”, y a cada uno de los Colectivos que, con dignidad y con amor, sostienen la búsqueda en todo Veracruz.
Su lucha no es política. Es humana. Es moral. Es ejemplo de amor inquebrantable.
Ustedes no buscan culpables. Buscan a sus hijos en un cerro, bajo el sol, bajo la lluvia, con una pala y una foto plasmada en el pecho. Hacen, sin sueldo y sin descanso, el trabajo que al Estado le corresponde por ley y que la Ley 677 les reconoce: participar en el diseño, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda.
Sepan que Xalapa las ve. Que Veracruz las reconoce. Que su dolor no es invisible y que su búsqueda jamás será en vano.
De esta manera nos sumamos a su exigencia legítima: que el Protocolo Alba se active sin pretextos, que la Ley 677 se aplique con presupuesto, que sea una realidad palpable la existencia de un laboratorio de identificación humana en Xalapa y que cada familia tenga verdad, justicia y memoria.
No están solas.
Su lucha es nuestra lucha.
Su búsqueda es la búsqueda de todo Veracruz.
Con respeto absoluto, con admiración profunda y con el compromiso formal de no dejar de visibilizar su causa.
¡HASTA ENCONTARLOS A TODOS!
COLECTIVOS DE BÚSQUEDA Y VIOLENCIA VICARIA
Por: Severo Francisco Mar Morales
JORGITO:
Te extraño tanto, mi vida…
Es difícil continuar sin tu presencia,
sin tus risas, sin tu voz.
Ha pasado mucho tiempo y aun sueño
con tu regreso.
Te llevo conmigo siempre, esperando que
algún día la vida nos vuelva a abrazar
TÚ HERMANITA
JESSIKA ELSA SIERRA ARRIOLA
BANQUILLO POLÍTICO SEVERO FRANCISCO MAR MORALES
En Veracruz se está cometiendo un error jurídico que cuesta vidas: confundir delitos, confundir protocolos y confundir el dolor con la política.
Hay que decirlo claro y con ley en mano.
Si una mujer desaparece por otras circunstancias, no se convierte automáticamente en caso de violencia vicaria. Son delitos distintos, con leyes distintas y con ruta de búsqueda distinta.
La búsqueda de mujeres desaparecidas tiene sus propios mecanismos obligatorios: el Protocolo Alba, la Ley General en Materia de Desaparición y la Ley 677 de Veracruz. Para niños existe la Alerta Amber y el Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes (PANNA). Para hombres adultos existe el Protocolo Homologado y la Alerta Nacional de Búsqueda.
Cada protocolo existe por una razón. Cada confusión retrasa una búsqueda. Y cada hora perdida puede ser una vida que se apaga en Xalapa.
En medio de esa confusión legal están los Colectivos de Búsqueda de Xalapa y Veracruz. Ellos no confunden nada porque no buscan expedientes. Buscan a sus hijos.
VIOLENCIA VICARIA: DEFINICIÓN LEGAL
En México, la violencia vicaria se refiere a utilizar a hijas, hijos o personas cercanas a una mujer para causarle daño, controlarla, amenazarla o ejercer violencia contra ella.
Está definida en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y tipificada en el Estado de Veracruz, desde la reforma implementada en el año de 2023 al Código Penal.
Por ejemplo: un hombre amenaza con llevarse o desaparecer a sus hijos para lastimar a su pareja. Retiene a los hijos para castigar o controlar a la madre. Por eso se castiga con 3 a 8 años de prisión y pérdida de la patria potestad.
Pero no toda desaparición de mujer es violencia vicaria.
PROTOCOLO ALBA EN VERACRUZ: ORIGEN, OBJETIVOS Y LEGISLACIÓN
¿Qué es? El Protocolo de Atención, Reacción y Coordinación entre Autoridades Federales, Estatales y Municipales en caso de Desaparición de Mujeres, Adolescentes y Niñas para el Estado de Veracruz. Su propósito es localizar de manera inmediata a la mujer, niña o adolescente desaparecida, para proteger su vida, libertad personal e integridad, eliminando cualquier obstáculo que reste efectividad a la búsqueda.
¿Cuándo surge? Nace en Ciudad Juárez, Chihuahua en el año de 2003 ante la ola de feminicidios. Tras la sentencia Campo Algodonero de la Corte Interamericana en 2009 se ordena su nacionalización. En Veracruz se originó en noviembre de 2018 por la Secretaría de Gobierno y se publicó oficialmente el 19 de septiembre de 2019.
¿Por qué se llama Alba? Porque las familias salían a buscar a sus hijas desde el alba, desde el amanecer, a las 6 de la mañana. De buscar desde el alba hasta el anochecer.
¿Cómo opera en Veracruz? La Fiscalía General del Estado emite, actualiza y desactiva el boletín de difusión con foto, media filiación, señas particulares, y número de la Fiscalía Especializada. Participan, la Secretaría de Seguridad Pública la Fiscalía General del Estado, el Instituto Nacional de Migración, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, el DIF Estatal y el Instituto Veracruzano de las Mujeres. La autoridad que recibe el reporte debe avisar en menos de 2 horas a la Fiscalía Especializada.
LEGISLACIÓN VIGENTE EN VERACRUZ: LEY 677 Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En Veracruz la búsqueda está regulada por la Ley Número 677 en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, misma que fue publicada el 20 de agosto de 2018 y reformada en agosto de 2025.
Objeto de la Ley: Establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre el Estado y sus municipios para buscar a las Personas Desaparecidas y No Localizadas, esclarecer los hechos, prevenir, investigar y sancionar.
Exposición de Motivos de la Reforma 2025: La gobernadora del Estado de Veracruz, Ingeniera Norma Rocío Nahle García, señaló acertadamente que la ley vigente desde 2018 era ambigua y poco funcional, con contradicciones legales y falta de alineación con tratados internacionales. Se reconoce que familias y colectivos han señalado deficiencias en la respuesta institucional y han demandado procesos más efectivos y humanos.
Aportaciones claves de la reforma:
Plataforma Estatal Única de Identidad: concentra datos biométricos y personales para facilitar búsqueda y localización.
Banco Estatal de Datos Forenses: Genéticos, odontológicos, antropológicos y dactiloscópicos interconectados con el Banco Nacional. La FGE cuenta con 60 días para actualizar registros y un año para sistematizar datos forenses.
Participación de Familiares: Podrán proponer rutas de búsqueda, recibir información y contar con acompañamiento jurídico y pericial. Se les debe dar número de carpeta y folio único de inmediato.
Enfoque Diferenciado: Atención adecuada a mujeres, niñas, niños, migrantes, indígenas y población LGBTIQ+.
Sanciones: Penales, administrativas y civiles para servidores públicos que obstaculicen búsquedas o retarden procesos.
Búsqueda Inmediata: Toda noticia de no localización, incluso anónima, debe derivar en apertura inmediata de carpeta. Para menores de 18 años se iniciará carpeta y búsqueda especializada de manera inmediata y diferenciada.
El Congreso del Estado de Veracruz, aprobó dichas reformas con 41 votos a favor para armonizar la Ley General y reducir plazos procesales, con el objetivo de que el Estado cumpla su obligación de realizar una búsqueda inmediata, exhaustiva y diligente.
¿Y PARA NIÑOS Y HOMBRES?
Niños, niñas y adolescentes: Alerta Amber + Protocolo Adicional para la Búsqueda de Niñas, Niños y Adolescentes. Para niñas aplica también Protocolo Alba.
Hombres Adultos: Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas + Alerta Nacional de Búsqueda 2026, que activa ficha automática con 512 instituciones.
COLECTIVOS DE BÚSQUEDA EN VERACRUZ
Son familias organizadas porque el Estado no buscó. En Veracruz existen más de 30 Colectivos. En Xalapa destacan: “LA ESPERANZA DEL REENCUENTRO”, “Justicia y Dignidad Veracruz”, “Familias Búsqueda Xalapa”, “Solecito Veracruz”, “Hijos y Madres Buscadoras de Veracruz”, “Por la Paz”, “Familiares Enlaces”, y varios más.
Funciones: Buscar en vida y en muerte, exigir investigación, identificar con ADN, acompañar a madres nuevas y preservar memoria.
Apoyos del Gobierno: Comisión Estatal de Búsqueda, Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Veracruz, Fiscalía General del Estado y Ayuntamientos.
Apoyos del Extranjero: Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Unión Europea, Embajadas de Alemania, Francia y Países Bajos, Comité Internacional de la Cruz Roja, Fundaciones Ford, Open Society Foundations, Fundación de George Soros, Front Line Defenders, Organización Irlandesa que protege a defensores de Derechos Humanos en riesgo.
Desde aquí expresamos nuestro más profundo respeto, solidaridad y reconocimiento institucional a todos los Colectivos de Búsqueda de Xalapa y del Estado de Veracruz.
A las madres, padres, hermanas, hermanos y familias que conforman todos los colectivos y en especial a “LA ESPERANZA DEL REENCUENTRO”, “Solecito Veracruz”, “Familiares Enlaces Xalapa”, “Colectivo Por La Paz Xalapa”, “Colectivo Buscando a Nuestros Desaparecidos y Desaparecidas Veracruz”, “Madres Buscadoras de Córdoba”, “Colectivo de Orizaba”, “Colectivo de Coatzacoalcos”, y a cada uno de los Colectivos que, con dignidad y con amor, sostienen la búsqueda en todo Veracruz.
Su lucha no es política. Es humana. Es moral. Es ejemplo de amor inquebrantable.
Ustedes no buscan culpables. Buscan a sus hijos en un cerro, bajo el sol, bajo la lluvia, con una pala y una foto plasmada en el pecho. Hacen, sin sueldo y sin descanso, el trabajo que al Estado le corresponde por ley y que la Ley 677 les reconoce: participar en el diseño, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda.
Sepan que Xalapa las ve. Que Veracruz las reconoce. Que su dolor no es invisible y que su búsqueda jamás será en vano.
De esta manera nos sumamos a su exigencia legítima: que el Protocolo Alba se active sin pretextos, que la Ley 677 se aplique con presupuesto, que sea una realidad palpable la existencia de un laboratorio de identificación humana en Xalapa y que cada familia tenga verdad, justicia y memoria.
No están solas.
Su lucha es nuestra lucha.
Su búsqueda es la búsqueda de todo Veracruz.
Con respeto absoluto, con admiración profunda y con el compromiso formal de no dejar de visibilizar su causa.